Desde el 20 de mayo de 2024, ha entrado en vigor el nuevo Reglamento (UE) 2024/1183, conocido como eIDAS 2. Este reglamento supone avances importantes en la identificación electrónica y los servicios de confianza para transacciones electrónicas en toda Europa. Este nuevo marco normativo representa un paso adelante en la construcción de un espacio digital más seguro y accesible para todos los ciudadanos de la UE.
El Reglamento eIDAS 2 actualiza y reemplaza el anterior marco legal eIDAS, estableciendo un sistema unificado de identidad digital en la Unión Europea. Este cambio normativo pretende mejorar el acceso a servicios tanto públicos como privados, incrementar la interoperabilidad y la adopción de soluciones digitales, y fortalecer la seguridad de las identidades digitales.
Una de las innovaciones más destacadas es la introducción de la Cartera de Identidad Digital Europea (e-ID Wallet), una aplicación móvil que permitirá a ciudadanos y residentes de la UE gestionar sus identidades digitales de manera segura. Esta cartera facilitará el acceso a una variedad de servicios en cualquier estado miembro, incluyendo la apertura de cuentas bancarias y el acceso a información de salud durante viajes o estancias en otros países de la UE.
Además, el reglamento busca mejorar la interoperabilidad entre los estados miembros, garantizando que las identidades digitales y las firmas electrónicas sean reconocidas de manera transfronteriza. También se han incrementado las medidas de protección de datos y seguridad de la información, con requisitos más estrictos para los proveedores de servicios y la incorporación de tecnologías avanzadas como la criptografía y la autenticación multifactor.
Otro aspecto clave del eIDAS 2 es la ampliación de los servicios de confianza, que ahora incluyen autenticación de sitios web y servicios relacionados con la preservación de la información electrónica, entre otros. Esto representa un apoyo significativo para la economía digital, al simplificar regulaciones y aumentar la confianza en las transacciones electrónicas.
El reglamento también establece disposiciones transitorias hasta 2027, permitiendo que ciertos dispositivos y certificados continúen siendo considerados cualificados mientras se completa la transición al nuevo sistema.
Para más detalles sobre el Reglamento (UE) 2024/1183 contacte con la Oficina del Delegado de Protección de Datos de la Fundación TIC Salut Social en dpd@ticsalutsocial.cat
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